Política de publicidad comercial
Política y objetivo de publicidad
RTD dispone de espacio en el interior y el exterior del material rodante, las estaciones, los edificios, las instalaciones y las propiedades de RTD, así como en los canales de comunicación electrónica propiedad de RTD (sitio web, redes sociales, aplicaciones para ordenador/teléfono, etc.) (colectivamente, "Espacio publicitario de RTD"). La política de RTD es permitir el uso del Espacio publicitario de RTD en la medida en que RTD determine que apoya los propósitos y las operaciones de RTD:
- para publicidad de pago (incluido el Programa de Asociación Corporativa de RTD), con el fin de generar ingresos para la construcción, las operaciones y el mantenimiento de las instalaciones y servicios del Distrito ("Publicidad Comercial")
- proporcionar información al público por parte de RTD o sobre RTD, incluida información sobre servicios, programas o productos de tránsito de RTD, incluidos copatrocinios con terceros comerciales o gubernamentales con los que RTD pretende aumentar el número de usuarios o apoyar de otro modo la misión de RTD ("Publicidad de RTD"); y
- proporcionar información de servicio público sobre programas y actividades de la Administración federal, estatal y local cuando lo soliciten específicamente entidades federales, estatales y locales, incluida la publicidad de organizaciones sin ánimo de lucro que colaboren con dichas entidades ("Comunicaciones gubernamentales").
Ámbito de aplicación de la política publicitaria
RTD utiliza el espacio publicitario de RTD para publicidad comercial, publicidad de RTD o comunicaciones gubernamentales únicamente en aquellos lugares que RTD pone a disposición para tales fines a su entera discreción. (Cualquier derecho de denominación o patrocinio de líneas o instalaciones de RTD se rige por políticas y programas independientes).
No designación de foro público
En el espacio publicitario de RTD sólo se permite la publicidad comercial, la publicidad de RTD y las comunicaciones gubernamentales. El espacio publicitario de RTD y esta política no proporcionan ni crean un foro público. RTD no acepta publicidad de terceros con fines no comerciales, excepto en el caso de las comunicaciones gubernamentales. Discursos privados, sin ánimo de lucro o gubernamentales destinados a defender u oponerse a candidatos políticos, cuestiones políticas, discursos religiosos,
la defensa de políticas sociales u otros temas de debate público (colectivamente "Promoción de temas") no serán aceptados. RTD se reserva el derecho exclusivo de determinar el tamaño, la ubicación, la colocación, la duración, el precio y todos los demás términos de cualquier espacio publicitario de RTD que se ponga a disposición.
Comunicaciones gubernamentales
RTD puede aceptar publicidad pagada para Comunicaciones Gubernamentales permitidas por esta Política. La publicidad de Comunicaciones Gubernamentales debe identificar claramente, en el anverso del anuncio, a la entidad pública implicada.
Tipos de publicidad comercial permitidos
La única Publicidad Comercial permitida por RTD es la Publicidad Comercial que, a discreción única y exclusiva de RTD, está diseñada y destinada a promover la venta de bienes o servicios, o eventos para promover la venta de bienes o servicios, y no la Promoción de Emisiones,
independientemente de que el anunciante sea una entidad con ánimo de lucro, sin ánimo de lucro o gubernamental. No se permitirá la Publicidad Comercial que, a discreción única y exclusiva de RTD, sea o parezca un pretexto para la Promoción de Emisiones.
Contenidos o asuntos prohibidos
Queda prohibida la publicidad que, a discreción exclusiva de RTD, represente, contenga, promocione o incluya en cualquier medida los siguientes productos, servicios, actividades, contenidos o temas; o que utilice nombres de marca, marcas comerciales, eslóganes u otro material identificable con dichos productos, servicios, actividades, contenidos o temas:
Tabaco / Nicotina / Cannabis: Productos de tabaco, nicotina y/o cannabis: productos relacionados con el tabaco/nicotina/cannabis; y productos que simulan fumar u otro uso de dichos productos o que están modelados a partir de dichos productos, incluidos, entre otros, cigarrillos, puros, cigarrillos electrónicos e instrumentos de vapeo, y tabaco sin humo (por ejemplo, masticable);
Películas, contenidos televisivos/electrónicos o juegos electrónicos clasificados para adultos/maduros: Películas para adultos clasificadas "X" o "NC-17", contenidos televisivos o electrónicos (por ejemplo, contenidos en línea, descargables o de aplicaciones) clasificados "MA", y juegos electrónicos (de vídeo, ordenador o aplicación) clasificados "A" o "M"; y contenidos similares independientemente de la plataforma o el tipo;
Locales de ocio para adultos: Librerías para adultos, videoclubs para adultos, clubes de baile nudista y otros establecimientos similares de entretenimiento para adultos;
Otros servicios para adultos: Servicios telefónicos para adultos, sitios para adultos en línea, servicios de acompañantes y otros servicios similares para adultos;
Desnudez, temática sexual, sadomasoquista y/o excretoria: Desnudez sexualmente explícita, conducta sexual, excitación sexual o abuso sadomasoquista (todo ello según se define en C.R.S. 18-7-501 en su versión enmendada, modificada o complementada); o tema excretor.
Asunto falso, engañoso, difamatorio o invasivo: Cualquier material que sea o que el anunciante razonablemente debería haber sabido que es falso, fraudulento, engañoso o que podría constituir razonablemente un agravio de difamación o invasión de la privacidad;
Asunto infractor o ilícito por cualquier otro motivo: Cualquier material que suponga una infracción de los derechos de autor, marca comercial o marca de servicio, o que sea ilegal o ilícito por cualquier otro motivo;
Actividad o productos ilegales: Actividad ilegal o producto ilegal según cualquier ley federal, estatal o local;
Temas obscenos, profanos o violentos: Cualquier lenguaje o contenido obsceno o profano; imágenes o descripciones de violencia gráfica, incluidos seres humanos o animales muertos, mutilados o desfigurados, o la imposición intencionada de dolor o acción violenta hacia o sobre una persona o animal; o la representación de armas o dispositivos que causen lesiones que parezcan estar dirigidos o apuntando al espectador u observador de forma amenazadora;
Materia despectiva: Contenidos que pretendan ser, o que razonablemente puedan interpretarse como, denigrantes, descréditos o faltas de respeto hacia personas, grupos, empresas u organizaciones, incluida la publicidad que presente a individuos o tipos de personas, grupos, empresas u organizaciones como inferiores, malvados o despreciables (con la excepción de los rivales de los equipos deportivos locales);
Asunto adverso a RTD: Material que (incluso si no está prohibido de otro modo en la Publicidad temática) sea adverso a los propósitos, operaciones o administración de RTD; que tienda a menospreciar la calidad del servicio prestado por RTD; o que tienda a menospreciar el transporte público en general;
Gráficos, imágenes, contenidos y representaciones de RTD no autorizados: Materias que contengan gráficos, logotipos, imágenes, contenidos o representaciones de RTD sin el consentimiento expreso y por escrito de RTD;
Asunto insultante, degradante u ofensivo: Material dirigido a una persona o grupo que sea tan insultante, degradante u ofensivo que sea razonablemente previsible que incite o produzca una acción anárquica en forma de represalias, vandalismo u otra infracción de la seguridad, la paz y el orden públicos;
Asunto perjudicial o perturbador para el sistema de tránsito: Material que represente o defienda conductas que infrinjan el Código de Conducta de RTD; o que sea tan censurable según las normas de la comunidad contemporánea que sea razonablemente previsible que provoque daños, interrupciones o interferencias en el sistema de transporte; y
Comportamiento inseguro en el tránsito: Material que fomente o muestre comportamientos inseguros con respecto a actividades relacionadas con el transporte público, como el incumplimiento de las precauciones normales de seguridad al esperar, subir, viajar o descender de vehículos de transporte público.